* Se exentará el pago de arrastre, almacenaje y maniobras cuando el vehículo robado sea recuperado
Libertad,
Mexicali, B. C., Septiembre 27 del 2025.-Ante
la incidencia del robo de vehículos en el Estado y la injusta carga económica
que enfrentan las víctimas al recuperar sus unidades, el Pleno del Congreso
aprobó la reforma al Código Penal para exentar el pago por concepto de
arrastre, maniobra y resguardo de vehículos robados y recuperados, a propuesta
del diputado Diego Echevarría Ibarra.
Esa
reforma responde a una problemática urgente: el robo de vehículos es un
problema significativo en Baja California, que ocupa el segundo lugar a nivel
nacional en la incidencia de este delito. En mayo de 2025 se reportaron 83
robos sin violencia, aunque aproximadamente el 55% de los casos sí involucran
violencia.
El
inicialista señaló que las víctimas enfrentan una doble agresión, ya que además
de sufrir el robo, deben pagar hasta 10 mil pesos por servicios de arrastre y
almacenaje para recuperar su vehículo. Esta situación representa una afectación
directa a la economía familiar, y en muchos casos, las personas prefieren
perder el vehículo ante la imposibilidad de cubrir los costos.
La
reforma también atiende una injusticia estructural, al considerar que estos
cobros atentan contra los principios de legalidad y seguridad jurídica, pues no
derivan de una conducta sancionable por parte de la víctima.
Otro
de los puntos señalados por Diego Echevarría fue la falta de uniformidad en la
regulación municipal. Mientras en Mexicali y Playas de Rosarito no existe un
plazo para presentar la denuncia, en Tijuana se exige hacerlo dentro de las
primeras 24 horas para acceder a la exención. En municipios como Tecate y
Ensenada, no se encontró ninguna disposición al respecto.
En el
Dictamen de la Comisión de Justicia, se establece que cuando un vehículo robado
sea recuperado y trasladado a un depósito vehicular, la persona propietaria no
deberá pagar por conceptos como arrastre, almacenaje o maniobras, siempre que
el robo haya sido denunciado formalmente ante la autoridad competente dentro de
las primeras 72 horas posteriores al hecho.
Cabe
mencionar que, para acceder a este beneficio, la persona deberá presentar la
constancia original del reporte de robo y el documento oficial que acredite la
liberación o devolución del vehículo.
Durante
la votación del dictamen, se presentó una reserva por el diputado Diego Lara,
para asegurar que los ayuntamientos incluyan en sus leyes de ingresos una
disposición que exente del pago de multas y derechos por arrastre en casos de
vehículos robados y recuperados. De no hacerlo, la reforma quedaría limitada,
ya que los municipios son quienes cobran esos conceptos y necesitarían tenerlo
establecido en sus propias normas para aplicarlo correctamente.
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