No exime de responsabilidad penal el juzgar con perspectiva de género: FEDABO

* Tampoco es garantía de reducir las sanciones; es solamente uno de los elementos que evalúa el juzgador, aclaró David Rincón

Libertad, Tijuana, B. C., Mayo 12 del 2026.-Con referencia al polémico caso de la señora Roxana y la muerte de su niño, Vicentito, el Presidente de la FEDABO, David Rincón Rey aclaró que, de facto, los juzgadores evalúan los casos con perspectiva de género, y eso no exime a la indiciada, o al indiciado, de su probable responsabilidad penal.

La perspectiva de género, explicó, se analiza de acuerdo al rol que tiene cada persona en la estructura social, y, sobre todo, el papel que ha desarrollado en su círculo familiar y en la sociedad; pero, tampoco es garantía de reducir la sanción penal, si se comprueba la comisión de un delito.

Todo eso y más son elementos que evalúa el juzgador para determinar la gravedad de la sentencia a aplicar, prosiguió David Rincón en su explicación a medios de comunicación en el foro informativo de la Asociación de Periodistas y Comunicadores de Baja California, para puntualizar que, en todo caso el juicio depende de los elementos que aporten, tanto la parte acusadora como la parte de la defensa de la acusada.

Por ejemplo, indicó, aún desde la perspectiva de género, hay que evaluar si la acusada era víctima también, por decir así, de un machista, o si es una mujer empoderada, que mandaba en su casa y aportaba el sustento; si la indiciada tiene buena preparación académica o si apenas terminó la primaria...en fin, el rol social que tenga, es un factor a evaluar, pero no es determinante.

Por otro lado, observó, porque poco a poco se está recibiendo más información sobre el caso en particular, de la señora Roxana y su hijo Vicentito, "si se le haya detectado intoxicación alcohólica, la Fiscalía fácilmente podría solicitar que se le juzgue por homicidio culposo, y podría recibir una sentencia de 6 años de prisión".

"¿Cómo pudo ser que la mujer se fuera a beber alcohol dejando a su hijo, menor de 3 años de edad encerrado en su carro, y, por falta de oxígeno se asfixió en el interior del vehículo? Ahí se desecharía cualquier argumento de descuido por estrés...¡y lo peor de todo, abandonado el niño durante 12 horas!", comentó en sus reflexiones el abogado, analizando la información que hay disponible sobre el caso Vicentito.

Entonces finalizó: "por encima de la perspectiva de género de la acusada, debe prevalecer la perspectiva de género e interés superior del menor, que fue la víctima, y es a quien se le procura justicia".

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