* Permitiría a enfermos terminales morir con dignidad evitando vida artificial contra su voluntad
* Se
expresaría la voluntad del enfermo mediante formato expedido por instituciones
de salud o notario público
Libertad,
Mexicali, B. C., Mayo 28 del 2025.-El
diputado Danny Fidel Mogollón Pérez presentó una iniciativa mediante la cual se
propone crear la Ley de Voluntad Anticipada, para que, por escrito en un
formato expedido por instituciones de salud o por medio de un notario público,
el paciente pueda expresar su decisión de ser sometida o no a tratamientos
médicos que pretendan prolongar su vida cuando esté en fase terminal.
La
propuesta se acompaña de cambios al Código Penal para liberar de cualquier
responsabilidad al personal médico que pueda asistir a los pacientes terminales
en su proceso de muerte. Se aclara que no se trata de provocar la muerte ni dar
paso a un suicidio inducido, sino apoyar la voluntad de enfermos terminales con
cuidados paliativos para evitar dolores corporales o sufrimientos extremos,
evitando mantenerlos con vida artificial y respetando la dignidad personal del
paciente.
En
México, precisó el legislador en su propuesta, está prohibida la eutanasia y el
suicidio medicamente asistido, lo cual está previsto en la Ley General de
Salud.
Luego
explica que la voluntad anticipada es la decisión que toma una persona de ser
sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan
prolongar su vida cuando se encuentre en etapa terminal y por razones médicas,
sea imposible mantenerla de forma natural, protegiendo en todo momento la
dignidad de la persona”.
También define lo que se conoce como
ortotanasia de este modo: significa muerte correcta. Distingue entre curar y
cuidar, sin provocar la muerte de manera activa, directa o indirecta, evitando
la aplicación de medios, tratamientos y/o procedimientos médicos obstinados,
desproporcionados o inútiles, procurando no menoscabar la dignidad del enfermo
en etapa terminal, otorgando los cuidados paliativos, las medidas mínimas ordinarias
y tanatológicas, y en su caso la sedación controlada.
Abunda
sobre la voluntad anticipada no prolonga ni acorta la vida, respeta el momento
natural de la muerte y favorece la atención y los cuidados paliativos al final
de la vida, es decir, ofrecer acompañamiento al paciente sin intervención
médica durante esta última etapa.
Su
propuesta también permitiría a personas sanas adultas el llenar formato para
que sean sujetos a lo que establece la ley de voluntad anticipada, de verse
sujetos a etapas terminales y hasta para donar sus órganos si así lo deciden.
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